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Derecho Civil

El Derecho Civil se encarga de ordenar todas aquellas cuestiones que, en palabras de Hernández Gil, tienen por objeto a “la persona en su estructura orgánica, en los derechos que le corresponde, como tal, y en las relaciones derivadas de su integración en la familia y de ser sujeto de un patrimonio dentro de la comunidad”. A menudo nos referimos al Derecho Civil como el derecho privado general. Esto es así porque hay materias que antaño formaban parte del Derecho Civil pero que con el paso del tiempo, se han escindido de éste hasta constituir una rama del Ordenamiento Jurídico por sí solas (por ejemplo, el Derecho Mercantil).

¿Qué fuentes regulan el Derecho Civil?

Si bien son muchas las distintas leyes reguladoras del Derecho Privado, la principal fuente reguladora del Derecho Civil la constituye el Código Civil de 1889, el cual regula las principales relaciones civiles de las personas físicas y jurídicas.

¿En qué momento una persona adquiere los derechos básicos, conforme el Código Civil?

El Código Civil determina que con el nacimiento de la persona y el desprendimiento del seno materno, todo sujeto adquiere personalidad, pasando a ser por lo tanto titular de derechos básicos desde ese mismo momento. 

¿Cuál es la principal diferencia entre la capacidad jurídica y la capacidad de obrar?

Mientras que la capacidad jurídica se adquiere con el nacimiento y hace a las personas sujetos de derechos y obligaciones, la capacidad de obrar permite a la persona ejercitar sus derechos o las acciones correspondientes en defensa de los mismos. Generalmente esta última se adquiere con la mayoría de edad.

¿En qué ramas se divide a su vez el Derecho Civil?

En lineas generales se puede decir que el Derecho Civil se divide en cuatro ramas principales: 

  • Derecho de la persona: Regula el “estatus jurídico” de la persona desde el nacimiento, así como las causas de modificación y extinción del mismo.
  • Derecho de obligaciones: Regula los contratos como vehículo a través del cual dos sujetos se ligan en derechos y obligaciones para desarrollar un determinado negocio jurídico. 
  • Derechos reales: Entendidos estos como los poderes jurídicos que presentan las personas sobre determinados bienes, muebles o inmuebles.
  • Derecho de familia: Entendido como la rama del Derecho Civil encargada de regular las relaciones jurídicas personales y patrimoniales existentes entre los integrantes de una familia como institución.