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Derecho Internacional

¿Qué es el derecho internacional?

El derecho internacional es la rama del derecho que se ocupa de definir y regular las relaciones entre los Estados y la utilización de los bienes comunes a nivel mundial como el medioambiente o las aguas internacionales.

¿Qué leyes forman el Derecho Internacional?

En primer lugar, la Constitución Española contempla la posibilidad de que España pueda celebrar tratados internacionales y adherirse a organizaciones supranacionales y/o internacionales.

En el marco del Derecho Internacional (tanto público como privado), la principal figura jurídica son los tratados internacionales. También se les puede dar el nombre de convenios o convenciones.

Con independencia de la materia sobre la que versen o del número de países que firmen y ratifiquen los tratados, TODOS los países que sean parte de ellos deben seguir un mismo procedimiento de elaboración y aprobación.

¿Cómo se elabora un tratado internacional? ¿Cuáles son las fases para su creación?

Primero de todo, hay que distinguir dos formas de elaboración de tratados internacionales: simplificada, cuando se llevan a cabo en un solo acto y extendida cuando el proceso requiere de varios pasos hasta su finalización. Lo habitual es que se redacten de modo extendido.

Las fases del modo extendido o habitual de elaboración de tratados internacionales son tres:

  • Fase inicial: los Estados negocian y fijan el texto del futuro tratado. Las negociaciones pueden llegar a prolongarse en el tiempo varios meses o incluso años. Una vez se ha negociado, el primer borrador del tratado podrá redactarse y así finalizar la fase inicial a través de un acto denominado adopción del texto.

Se puede adoptar un proyecto de tratado de muchas maneras pero, la más habitual es la firma o autenticación, cuyo significado es que los Estados han aceptado el texto del proyecto.

  • Fase intermedia: no siempre es obligatoria, todo sea dicho. Consiste en que cada Estado, delibera internamente si le conviene o no adoptar el proyecto de tratado pues, recordemos que los tratados internacionales, no solo generan derechos sino también obligaciones, las cuales hacen que los Estados reflexionen severamente si aceptar o no adherirse. A este proceso de reflexión interna se le llama juicio de oportunidad.

Además del juicio de oportunidad, la fase intermedia de elaboración de un tratado internacional produce lo que se denomina un juicio de constitucionalidad, a través del cual se estudia la compatibilidad del proyecto de tratado con el ordenamiento jurídico del Estado en cuestión pues, podría ocurrir que para poder adoptar el tratado, dicho Estado tuviere que modificar sus normas, incluida la constitución. En España, el juicio de constitucionalidad está contemplado en la Constitución Española de 1978, en sus artículos 93 y 94, los cuales consisten en que el Parlamento deberá autorizar al Gobierno para que se adhiera de modo definitivo al tratado.

  • Fase final: en este último paso, los Estados expresan su consentimiento para obligarse y ser parte del tratado. Esta acción recibe diversos nombres, el más normas es ratificación.

Cuando los tratados son bilaterales, es decir, firmados entre dos Estados, entrarán en vigor cuando ambos Estados presten su consentimiento.

Para aquellos casos en los que los tratados sean multilaterales o entre más de dos Estados, hay diversas fórmulas para la entrada en vigor. La más habitual es establecer un umbral o mínimo de Estados adheridos que den su consentimiento para que el tratado sea aprobado y entre en vigor. Por el contrario, hay casos en los que si no se llega al umbral requerido, el tratado no se lleve a cabo.

Cuando los tratados entran en vigor, muchas son las ocasiones en las que se designa un depositario: alguien que guarde el tratado original firmado por todos los países firmantes o el que reciba nuevas ratificaciones. Pueden ser tanto Estados como organizaciones internacionales tale como la ONU, a la cual hay que enviar a su Secretaría General una copia de los tratados cuando entran en vigor para garantizar la publicidad del mismo.

Finalmente, cabe mencionar la figura de las reservas de los tratados. Estas son condiciones que los Estados expresan por escrito en el momento de prestar su consentimiento para obligarse y ser parte del tratado. 

-Las reservas pueden aceptarse, en cuyo caso el tratado rige entre esos Estados con los límites o modificaciones que disponga la reserva;

-o bien pueden objetarse de manera simple, lo que significa que la parte reservada no se aplica en absoluto para el estado que se haya opuesto a la reserva;

-o bien puede objetarse de manera absoluta, en cuyo caso, el tratado no rige entre esos Estados. 

¿Cómo se relacionan el Derecho Internacional y el Derecho Español?

Lo más importante, es que el tratado no puede ser contrario a la Constitución pues, en ese caso, o bien España no será parte del tratado o bien tendrá que modificar la norma fundamental.

¿Cuáles son las materias sobre las que trata el Derecho Internacional Público?

El Derecho Internacional Público versa sobre materias en las cuales, los Estados son los principales protagonistas, siendo la diplomacia y las relaciones internacionales los elementos más definitorios.

También se regula el derecho de la guerra, derecho en la guerra o derecho internacional humanitario, el desarme y no proliferación, los refugiados, derecho de los transportes (aviación civil, terrestre,  marítimo y del espacio), crímenes internacionales, elementos definitorios de un Estado, economía y comercio internacionales, cooperación al desarrollo, protección del medio ambiente, responsabilidad internacional de los Estados y la redacción de los tratados internacionales.

¿Cuáles son las materias sobre las que trata el Derecho Internacional Privado?

Las materias del Dº Internacional Privado tienen como elementos comunes a un sujeto particular que puede ser un ciudadano particular o una empresa y dos o más Estados que se relacionen de algún modo a los sujetos. Por ejemplo: Daniel, nacional de España, viaja a Italia y es atropellado por Domenei, de ciudadanía rumana. Las preguntas a las que da respuesta el Dº Internacional Privado son “¿los tribunales de qué país son competentes para conocer del caso?”, “¿qué normativa deberán aplicar para resolver la controversia según los tratados internacionales?” 

En el ejemplo anterior, las soluciones serían relativamente fáciles (al menos en lo que al plano teórico se refiere) pues los tres países implicados (España, Italia y Rumanía) pertenecen a la UE, por lo que bastaría acudir a los diferentes Reglamentos de la Unión sobre jurisdicción y ley aplicable.

Sin embargo, ¿qué ocurre cuándo, se quiere hacer valer un documento o una decisión judicial fuera del territorio del órgano que lo emitió o del que la dictó?

En esos casos, habría que acudir a los tratados internacionales existentes entre los Estados implicados y saber si existe alguno que sirva para reconocer y ejecutar decisiones extranjeras en terceros Estados.

Vale pero, ¿cómo se hace? ¿qué significan los conceptos reconocer, ejecutar jurisdicción y ley aplicable en Derecho Internacional Privado?

  • Jurisdicción: este concepto responde a la pregunta “¿los tribunales de qué país son competentes para conocer el asunto?”
  • Ley aplicable: responde a la pregunta de “¿el Derecho de qué país se utilizará para resolver el litigio?” Hay que saber que en este tipo de controversias, los juzgados y tribunales competentes podrían tener que aplicar el Derecho de otro país. Por ejemplo, los tribunales españoles podrían tener que aplicar Derecho Francés para resolver un asunto.
  • Reconocimiento: consiste en dar efectos de validez a un documento o una decisión judicial de un país extranjero para que se pueda ejecutar dentro de ese país que lo reconoce.
  • Ejecución: significa que la decisión o documento extranjero que se ha reconocido, puede desplegar sus efectos dentro del territorio que la reconoce. Por ejemplo, si se reconoce una Sentencia de divorcio, la ejecución consistirá en que la persona divorciada podrá contraer matrimonio nuevamente, así como el resto de efectos que pudiera contener  tales como pensiones de alimentos, custodia de hijos,…